05 February 2008

Expertos observan gran repercusión de los acuerdos comerciales bilaterales en la formulación de políticas de Ginebra

Intellectual Property Watch
4 February 2008

Posted by Catherine Saez @ 3:22 pm
Por Kaitlin Mara y William New


Un panel integrado por expertos en cuestiones de propiedad intelectual y biodiversidad gubernamentales y no gubernamentales destacó la semana pasada el gran impacto que tienen las negociaciones comerciales bilaterales de las principales economías del mundo en la formulación de políticas multilaterales en Ginebra.

Los expertos expusieron sus razones el pasado 23 de enero en un evento del International Centre for Trade and Sustainable Development (ICTSD) organizado en paralelo a la reunión del Grupo de Trabajo sobre Acceso y Participación en los Beneficios del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD) de Naciones Unidas que tuvo lugar del 21 al 25 de enero.

“Las disposiciones de los acuerdos de libre comercio de Estados Unidos repercuten en gran medida en la biodiversidad”, expresó Maria Julia Oliva, oficial superior de programas sobre cuestiones ambientales del ICTSD. Su crítica se dirigió a los capítulos sobre propiedad intelectual de los acuerdos comerciales bilaterales y de los tratados bilaterales de inversiones de Estados Unidos.

“El problema es que los acuerdos de libre comercio sientan precedentes para las negociaciones en Ginebra, que constituye una página en blanco”, sostuvo Guilherme Patriota, alto funcionario brasileño en Ginebra. “Somos precavidos y preferiríamos que la redacción de esta página en blanco se llevara a cabo aquí en Ginebra”.

En vista de los importantes esfuerzos que realizan los grandes países desarrollados, como Estados Unidos y los integrantes de la Unión Europea, para negociar acuerdos comerciales bilaterales con países más pequeños, “nuestra situación se asemeja a una carrera contra el tiempo”, afirmó.

Un acontecimiento clave que tuvo lugar en Estados Unidos el año pasado fue la reformulación de disposiciones relativas a la propiedad intelectual y la salud pública, con el fin de que los socios comerciales bilaterales se rijan por la legislación nacional estadounidense en cuanto a la protección de patentes farmacéuticas. Socios como Perú han aceptado condiciones menos favorables que aquellas que rigen en Estados Unidos con relación a la exclusividad de los datos de prueba utilizados para la aprobación de comercialización. El propósito de la reformulación fue obtener la aprobación del acuerdo comercial una vez que los demócratas asumieron el control del Congreso. No obstante, aún no queda claro si los negociadores estadounidenses han propuesto esta norma en Ginebra.

La preocupación de los grupos de derechos ambientales y de los indígenas reside en que, a menudo, estos acuerdos celebrados entre países en desarrollo y socios de países desarrollados más poderosos exigen medidas de protección de la propiedad intelectual más estrictas que el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de la Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de la Organización Mundial de Comercio, en detrimento de los países en desarrollo.

El Acuerdo sobre los ADPIC no cuenta con una disposición sustantiva que impida la apropiación indebida de recursos biológicos o proteja el derecho al consentimiento fundamentado previo de las comunidades tradicionales, señaló Dalindyebo Shabalala del Centro de Derecho Ambiental Internacional (CIEL). En virtud de la actual Ronda de negociaciones de Doha en la OMC, existe un mandato para considerar la relación entre el Acuerdo de los ADPIC y el CBD.

Los países de África, el Caribe y el Pacífico han negociado diversos acuerdos comerciales con la Unión Europea y han experimentado “un desconcierto grave y significativo respecto de cómo negociar estas cuestiones”, declaró. Por lo general, las negociaciones se llevan a cabo mediante mecanismos de negociación regionales supranacionales que operan fuera de los canales políticos.

El único acuerdo que parecía estar finalizado en su mayoría para la fecha límite de diciembre de 2007 establecida por la UE es aquel con los países del Caribe, manifestó Shabalala. Según parece, dicho acuerdo, que podría sentar las bases para las negociaciones restantes, aún guarda un estrecho parecido con la postura inicial más bien intransigente de la UE respecto de las cuestiones de propiedad intelectual, señaló.

Mónica Rosell del Consejo Nacional de Medio Ambiente de Perú respaldó la creciente solicitud de los países en desarrollo de una enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC para proporcionar una mayor protección de los recursos biológicos. Según manifestó, el propósito de dicho acuerdo es prevenir la piratería, por ende, prevenir la biopiratería se ajustaría perfectamente en el marco de su alcance. Asimismo, Rosell solicitó que la concesión de patentes de materiales genéticos se realice sobre la base de una “verdadera innovación”. Brindó varios ejemplos en los que las patentes no resguardaron los recursos biológicos y describió el caso de una patente concedida por la Oficina Europea de Patentes de una molécula extraída de la planta Camelidae. Dicha patente no demostró suficiente innovación, ya que no se habían realizado modificaciones o mejoras genéticas en la molécula, la cual se halla naturalmente en la planta.

“El sistema de patentes debe incluir la creación humana y, según entendemos, el fomento de una verdadera innovación se relaciona estrechamente con la protección de la biodiversidad”, recalcó Rosell. Estima que la observancia del CBD en el marco del sistema de patentes podría evitar la concesión de patentes especulativas e improductivas. Además señaló que probablemente la propuesta de una enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC que exija la divulgación del origen del material genético y de los conocimientos tradicionales asociados en las solicitudes de patente no sea suficiente para brindar protección.

Por otro lado, Patriota manifestó que la presión ejercida para lograr la enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC relativa a la divulgación, actualmente respaldada por cerca de 60 miembros de la OMC, “no constituye un acto político” y que sus partidarios procuran un compromiso firme.

“Deseamos que esto forme parte del Acuerdo sobre los ADPIC”, manifestó. “Esa es nuestra meta final”. Los países desarrollados, que suelen beneficiarse más del statu quo de los contratos privados y las leyes de alcance nacional, optan por dar lugar a las negociaciones multilaterales para continuar sin “compromisos verdaderos”, señaló. Mientras tanto, las negociaciones bilaterales prosperan, las cuales, en ausencia de una enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC, podrían llevar a una “fragmentación de las soluciones jurídicas”. La propuesta de enmienda aún se encuentra “bastante vigente en la ronda” y está vinculada a una propuesta sobre indicaciones geográficas, cuyos principales interesados son países europeos, sostuvo.

Jorge Cabrera del Instituto Nacional de Biodiversidad de Costa Rica planteó la posibilidad de que este país no pueda aplicar una disposición sobre la divulgación del origen, en caso de que así se estableciera en el Acuerdo sobre los ADPIC, ya que los términos del acuerdo bilateral del país con Estados Unidos podrían prohibirlo. Costa Rica es signatario del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y los Estados Unidos (CAFTA). Asimismo, Cabrera propuso que se lleven a cabo más investigaciones sobre biodiversidad y bioprospección.

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